- ¿Cuánto puede subir el arriendo en 2026?
- El canon puede subir como máximo el IPC (Índice de Precios al Consumidor) del año anterior certificado por el DANE. Para los aniversarios de 2026 ese tope es 5,10% (IPC de 2025). Si se conoce el valor comercial del inmueble, además rige el tope del artículo 20: el canon no puede superar el 1% de ese valor.
- ¿Cuándo aplica el aumento del arriendo?
- Solo cuando el contrato cumple cada año de vigencia: su aniversario. La fecha efectiva del aumento es ese aniversario, contado desde la fecha de firma o inicio del contrato, no una fecha fija como enero (Ley 820 de 2003, art. 20).
- ¿El aumento del arriendo es automático?
- No. La Ley 820 exige avisar el reajuste por escrito al arrendatario antes de que entre en vigencia (arts. 18 y 20). Esta calculadora genera ese aviso listo para entregar o enviar.
- ¿Qué IPC se usa para el aumento del arriendo?
- El IPC anual (diciembre a diciembre) del año inmediatamente anterior, que el DANE certifica cada enero (hacia el 8 de enero). Para un aniversario que cae en 2026 se usa el IPC de 2025.
- ¿Y si el arriendo lleva varios años sin aumentarse?
- Cada aniversario vencido conserva su propio tope: se ponen al día en orden, año por año, cada uno con el IPC de su año. Un solo aumento no puede acumular varios años de una vez.